- Este documento constituye el Certificado de Garantía de TICOCAR, para su vehículo usado, ésta corresponde a inconvenientes que afecten el buen funcionamiento del vehículo, velando por que su utilización y desempeño sea idóneo conforme a las funciones para las que fue creado y en consecuencia, se den de conformidad con su naturaleza particular.
- Debe tomar en consideración que es un vehículo usado en buen estado de conservación y funcionamiento y que tiene algún grado de desgaste debido al tiempo de uso que ha tenido.
- PLAZO DE VIGENCIA: La garantía tiene un plazo de 30 días hábiles a partir de la fecha de entrega de vehículo.
- ALCANCE: “Todo bien que se venda o servicio que se preste debe estar implícitamente garantizado en cuanto al cumplimiento de los estándares de calidad y los requerimientos técnicos que, por razones de salud, medio ambiente y seguridad, establezcan las leyes, los reglamentos y las normas respectivas, dictadas por la Administración Pública.” Conforme a Art.43 Ley 7472.
- CONDICIONES: Las siguientes condiciones las debe cumplir el consumidor para hacer efectiva la Garantía.
- Notificar el desperfecto dentro del plazo de garantía.
- No haber realizado modificaciones al vehículo.
- El vehículo no debe haber sido manipulado mecánicamente por ningún tercero.
- El vehículo no haya sido sometido a un accidente.
- Que el daño del vehículo no haya sido provocado por uso negligente, accidente o caso fortuito.
- Que cumpla con las especificaciones del Certificado de Garantía.
Queda entendido que lo anterior solo aplican mediante diagnóstico técnico exclusivamente confeccionado por nuestro Taller Ticocar, donde se demuestra que existe una relación entre la causal que pretende dejar sin efecto la garantía y el daño reportado por el consumidor.
- REGLAS PARA CUANDO APLIQUE LA REPARACIÓN: De acuerdo al Artículo 52 del D.E. 37899
a) Gratuidad de la reparación. El servicio de reparación será gratuita y comprenderá los gastos relacionados con repuestos y mano de obra; así como todos los gastos administrativos, legales y todos aquellos que se generen como consecuencia de su efectivo cumplimiento.
b) Sobre el plazo y su suspensión. La reparación deberá llevarse a cabo en un plazo no mayor de quince días naturales contados a partir de la entrega del bien por parte del consumidor, salvo casos excepcionales cuando por la especial naturaleza y características del bien de que se trate se requiera de un plazo mayor por resultar materialmente imposible, lo cual deberá demostrarse por parte del comerciante mediante criterios objetivos.
En los casos en los que aplique la excepción indicada en el párrafo anterior y el tiempo de reparación supere el plazo de quince días naturales, el comerciante deberá suministrar al consumidor un bien de características similares en calidad de préstamo, para ser utilizado durante este plazo.
El período de suspensión de la garantía comenzará desde que el titular ponga el bien a disposición del proveedor y concluirá con la entrega al titular del bien ya reparado.
c) Sobre el diagnóstico. Previo a la reparación se deberá entregar un diagnóstico al consumidor, en el cual se hará constar el estado general del bien y las causas del daño.
d) Sobre la entrega y alcances de la constancia. Cuando el bien hubiere sido reparado bajo los términos dispuestos en el presente artículo, el proveedor estará obligado a entregar al titular de la garantía una constancia de reparación donde se indique la naturaleza de la reparación, el cambio de piezas o repuestos cuando sea pertinente, la fecha en que el titular de la garantía le hizo entrega del bien y la fecha de devolución del bien por parte del proveedor. En caso de incumplimiento de las anteriores disposiciones, el consumidor podrá solicitar la sustitución del bien o la devolución del dinero.
Se presumirá que se trata de la misma falta cuando se reproduzcan en el bien defectos del mismo origen que los inicialmente manifestados, teniendo en cuenta su naturaleza y su finalidad.
TICOCAR no presta servicio de Grúa, si el mismo se requiere tendrá que ser pagado por el cliente.
- La sociedad responsable de brindar la garantía es CORPORACIÓN IMPORTADORA DE VEHICULOS Y AFINES BESA, cédula jurídica número 3-101-424610. Ubicada en San José, San Sebastián 400 metros norte de la rotonda; local esquinero venta de Autos Ticocar.
- PROCEDIMIENTO: para hacer efectiva la garantía las revisiones deben realizarse exclusivamente con previa cita al teléfono 22276565 ó al 8949 3669 con el encargado de Garantía y presentarse el día de la cita en la Agencia Ticocar San Sebastián ubicada en la dirección anteriormente descrita ó en alguna de las sucursales habilitadas, el Taller Ticocar hará la comprobación del desperfecto de manera eficiente y con respaldo de prueba técnica, idónea y objetiva, evaluación que por escrito será informada al cliente.
- Durante el período de vigencia de la garantía, su titular tendrá derecho como mínimo, y según corresponda a la devolución del precio pagado ó al cambio del bien por otro de la misma especie, similares características o especificaciones técnicas, las cuales en ningún caso podrán ser inferiores a las del producto que dio lugar a la garantía ó a la reparación gratuita del bien. Queda entendido que lo anterior solo aplican mediante diagnóstico técnico exclusivamente confeccionado por nuestro Taller Ticocar, donde se demuestra que existe una relación entre la causal que pretende dejar sin efecto la garantía y el daño reportado por el consumidor. En caso de que opere la sustitución del bien, se entenderá renovada la garantía por el plazo inicialmente otorgado y correrá a partir de la entrega del bien.
